Cómo presentar la suspensión de actividades ante el SAT
El aviso comunica al RFC que dejaste de realizar actividades económicas. Revisa si corresponde a tu situación, captura la fecha y conserva el acuse; no da por cumplidas declaraciones u obligaciones pendientes.
Por Cómo Tramitar · Fuentes consultadas el
- Modalidad
- En línea en el portal del SAT
- Costo
- Gratuito, según la ficha 30/CFF de 2026
- Alcance de esta guía
- Preparación del aviso general propio de una persona física adulta por cese de actividades; no resuelve cambio de residencia fiscal al extranjero, actividades vulnerables, representación ni avisos específicos de asalariados.
Antes de abrir el portal
Ten esto a mano
- RFC y Contraseña o e.firma para utilizarlos únicamente en el servicio del SAT.
- Fecha del cese de actividades y situación del RFC revisadas antes de capturar.
- Domicilio donde conservarás la documentación y antecedentes de declaraciones u obligaciones pendientes.
El camino, paso a paso
- 1
Confirma que necesitas una suspensión
Distingue dejar de realizar actividades de cambiar una de ellas mientras mantienes otra activa. No presentes el aviso solo porque bajaron tus ingresos o no comprendes una obligación.
- 2
Abre el aviso para personas físicas
En el portal de Inscripción y avisos al RFC, entra a Suspende actividades y Aviso de suspensión de actividades. Identifícate con Contraseña o e.firma.
- 3
Revisa fecha y domicilio de conservación
Captura la fecha real del movimiento, responde el formulario y selecciona o registra el domicilio donde conservarás los documentos. Comprueba el aviso antes de confirmarlo.
- 4
Guarda el resultado del movimiento
Conserva aviso y acuse de actualización. Organiza por separado los pendientes fiscales que aún debas atender; el registro del aviso no equivale a haberlos cumplido.
Identifica qué dejaste de hacer
Antes de buscar cómo darte de baja del SAT, distingue tu necesidad concreta. El aviso de suspensión actualiza tu situación en el RFC cuando dejas de realizar actividades económicas. No es lo mismo que cambiar una actividad mientras mantienes otra. Para ese supuesto revisa la actualización de actividades y obligaciones.
Como preparación, anota qué actividad terminó y la fecha en que ocurrió. No uses una fecha elegida al azar para que el sistema permita avanzar. Si tu caso es únicamente de ingresos por salarios, de actividades vulnerables o de residencia fiscal al extranjero, revisa el procedimiento específico con el SAT: esta guía no desarrolla esos supuestos.
Revisa el momento de presentación
La ficha 30/CFF señala presentar el aviso dentro del mes siguiente a aquel en que dejes de realizar actividades económicas. Esta orientación no calcula tu fecha límite ni determina si puedes presentar un movimiento con una fecha anterior a la que permite el aplicativo.
Reúne los antecedentes del cese antes de iniciar. Si tienes dudas sobre la fecha, una obligación que permanece activa o un procedimiento de la autoridad, identifica esa pregunta y solicita orientación. Tener pocos ingresos o pasar un tiempo sin facturar no basta para que esta guía decida si corresponde suspender tu registro.
Prepara el acceso y el domicilio de conservación
Entra desde Inscripción y avisos al RFC del SAT y busca la opción de suspensión para personas físicas. El aviso admite Contraseña o e.firma. Si no puedes identificarte, revisa primero la guía de Contraseña mediante SAT ID para distinguir el problema de acceso del movimiento del RFC.
El formulario incluye el domicilio donde conservarás la documentación. Revisa los datos disponibles y captura una dirección nueva cuando corresponda conforme al servicio. Como organización personal, mantén identificable dónde guardas tus avisos, declaraciones y comprobantes para poder localizar los antecedentes después.
Guarda el aviso y el acuse completo
La ficha distingue el aviso con los datos capturados del acuse que comprueba el registro del movimiento. Revisa ambos antes de cerrar el proceso. Comprueba titular, fecha y tipo de movimiento; un formulario todavía abierto o una captura parcial no equivalen al acuse final.
Guarda los archivos originales sin editarlos. Usa nombres que te permitan reconocer la gestión y conserva cualquier indicación del portal si no concluyó. Si detectas una diferencia, anota el dato concreto y pide orientación antes de repetir el aviso o cambiar información para forzar una respuesta.
La suspensión no atiende pendientes por ti
La ficha web del SAT advierte que suspender no libera de declaraciones u obligaciones que sigan pendientes, propias o por cuenta de terceros. Organiza esos antecedentes aparte del aviso. No interpretes un acuse de suspensión como comprobante de pago o como respuesta favorable a otra solicitud.
Si vuelves a realizar actividades, consulta la reanudación ante el SAT. Conservar los documentos de cada etapa ayuda a distinguir qué situación registraste y cuándo cambió, sin volver a inscribirte como si nunca hubieras tenido RFC.
Comprueba la información
Fuentes oficiales consultadas
Revisión editorial del 21 de octubre de 2026. La autoridad define los requisitos y resuelve cada solicitud. No probamos cuentas, pagos ni citas individuales.
- SAT · Anexo 2 de la RMF 2026, ficha 30/CFF PDF oficial leído directamente el 21 de octubre de 2026, páginas 81 a 83. Se revisó el documento conservado de esa fecha y el índice vigente. Acceso, plazo general, domicilio de conservación, aviso y acuse. Las modificaciones de julio y octubre consultadas no cambian 30/CFF; se excluye residencia al extranjero.
- SAT · presenta tu aviso de suspensión de actividades Contenido leído por herramienta web el 21 de octubre de 2026. Distingue suspensión de cumplimiento de obligaciones pendientes. Conserva referencias de numeración anteriores; se da prioridad a 30/CFF de 2026 y no se reproduce el aviso antiguo de mantenimiento como estado actual del servicio.
Esta es una guía independiente. No recibimos documentos ni realizamos el trámite. Consulta nuestro criterio editorial.